VISTO:
Las presentes actuaciones, por las cuales se interesa la aprobación del convenio marco entre el Ministerio de Salud y Acción Social de la Provincia y el INCUCAI; y
CONSIDERANDO:
Que el mismo fue suscripto por el doctor Mario Armando Perichón como presidente del Directorio del Instituto Nacional Centro Único Coordinador de Ablación e Implante, y por el doctor Ángel Francisco Giano, como Ministro de Salud y Acción Social de la Provincia;
Que el mencionado convenio tiene por objeto la adhesión al Programa Nacional de Seguimiento Post Trasplante, creado por Decreto Nº 1.071/07 PEN;
Que las partes se comprometen a instrumentar acciones y medidas efectivas para asegurar la provisión de medicamentos a los pacientes trasplantados sin cobertura formal del sector público nacional y provincial de salud, en el ámbito de la jurisdicción;
Que la Provincia se compromete a través del CUCAIER a garantizar la operatividad necesaria para la entrega de la medicación en cumplimiento de los objetivos del programa, mantener actualizado el padrón de pacientes, gestionar la recepción y stock de los medicamentos, llevar registros y documentos respaldatorios, como así también brindar en tiempo y forma toda la información, documentación y demás instrumentos requeridos por el INCUCAI para el desarrollo, administración del programa y verificación de los compromisos asumidos;
Que por su parte, el INCUCAI asume como obligación, elevar en tiempo y forma el requerimiento de medicamentos efectuado por la Provincia, coordinar la provisión de los mismos, garantizar la operatividad, monitoreo y evaluación del programa, mantener actualizado el padrón de beneficiarios como, asimismo, presentar un informe semestral sobre la marcha del programa;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Salud ha dictaminado al respecto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia decreta:
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