VISTO, que mediante las presentes actuaciones la Dirección de Salud de las Persona de la Dirección General de Programa Integrado de Salud, eleva con opinión favorable el Proyecto del Programa Provincial de Detección Precoz y Tratamiento de las Hispoacusias Neonatales, presentado por la Referente del Area Neonatal del Departamento Materno Infanto Juvenil de la mencionada Dirección General, y
CONSIDERANDO:
Que a fs.2 la Dra. María Cecilia Balart, referente de dicha Area Neonatal, informa que el Proyecto de mención, fue discutido, elaborado y consensuado por los profesionales médicos Otorrinolaringólogos y Fonoaudiólogos de los Hospitales del Niño Jesús, de Clínicas Pdte. Dr. Nicolás Avellaneda, Regional de Concepción, e Instituto de Maternidad y Ginecología Ntra. Sra. de las Mercedes;
Que a fs.3/18 corre agregado el aludido Proyecto, cuyos Objetivos Generales son universalizar el Screening auditivo al 100% de los Recién Nacidos en la Provincia de Tucumán; lograr el diagnóstico de hipoacusia precoz dentro de los tres primeros meses de vida; instaurar tratamiento antes de los seis meses en los hipoacúsicos diagnosticados, y organizar el trabajo interdisciplinario e intersectorial para la aplicación de dicho Programa; y como primer Objetivo Específico se propone adherir al Programa Nacional de Detección y tratamiento de Hipoacusia y lograr que se promulgue la Ley;
Que a fs.22 toma intervención la Dirección General de Programa Integrado de Salud;
Que a fs.24 la Referente del Area Neonatal del Departamento Materno Infanto Juvenil, adjunta soporte magnético del Proyecto del Programa Provincial de Detección Precoz y Tratamiento de las Hipoacusias Neonatales;
Que el Asesor Letrado de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, no formula observaciones legales a la presente tramitación;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 7466, y atento al dictamen jurídico de fs.20,
El Ministro de Salud Pública en su Carácter de Presidente del Sistema Provincial de Salud
RESUELVE:
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