VISTO, el expediente nº 2900-102792/09 por el cual se propicia la fijación de los aranceles correspondientes a las tramitaciones de aprobación de los protocolos de investigación; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley Nº 11044 y su reglamentación, aprobada por Decreto Nº 3385/08 se regulan las investigaciones en salud;
Que por la citada Ley se establecen los requisitos a los que deberán responder las investigaciones practicadas sobre sujetos humanos, entre los que se cita la aprobación de los Comités de Ética y de Investigación del Establecimiento o institución de salud se trate;
Que asimismo se exige la autorización de la Institución de salud en la cual se realicen las investigaciones, y la de este Ministerio en los supuestos contemplados en los artículos 23, 28 y 34 de la norma en análisis;
Que con el objetivo de obtener la aprobación ministerial de los respectivos protocolos los investigadores deberán dar inicio a un procedimiento administrativo especifico en el que deberán acreditar el pago de los aranceles correspondientes a las tareas de evaluación y seguimiento, llevadas a cabo por parte de la autoridad de aplicación;
Que por Resolución Nº 4653/09 se autorizo la apertura de la cuenta Nº 51591/9 del Banco de la provincia de Buenos Aires;
Que por lo expuesto corresponde hacer lugar a lo solicitado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21 de la Ley 13757;
Por ello;
El Ministro de Salud resuelve:
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