Artículo 1.- Adhiérase la Provincia de Jujuy a la Ley Nacional
Nº 26.588, que dispone declarar de interés nacional la atención médica, la investigación temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca, su difusión y el acceso a los alimentos libres de gluten, de acuerdo a lo expresado en el artículo 16.
Art. 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-