VISTO:
El Expediente N° 0427-025886/2010 en el que se gestiona instituir el "PROGRAMA DE PROTECCION A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD" (PRODIS), en el marco de los principios rectores de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por Ley Nacional 26.378 y Artículo 27 de la Constitución Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que el Programa a instituirse tiene como objetivo general promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, promoviendo el respeto a su dignidad inherente. En tal sentido, resultarán sus beneficiarios, todas las personas con discapacidad de la Provincia de Córdoba y sus núcleos familiares.
Que el Programa de que se trata, prevé la extensión de Ayudas Económicas de Subsistencia, como asimismo, "Becas de Estímulo Estudiantil", "Becas para Docentes Integradoras e Inclusoras", "Becas de Entrenamiento Laboral", "Beca de Fortalecimiento Institucional" y "Becas de Inclusión Laboral".
Que dicho Programa se ajusta a las facultades propias de esta jurisdicción ministerial, conforme las previsiones del Artículo 30 Inciso 7° de la Ley 9454 que establece "La atención de.... personas con capacidad diferente, en lo que respecta a su inclusión social" y a las prescripciones consagradas por el Decreto N° 3232/94, modificado por su similar N° 390/2004.
Por ello y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales de este Ministerio bajo N° 396/2010, El Ministro de Desarrollo Social resuelve:
|