VISTO
El pedido formulado por el Ministerio de Salud Pública; y
CONSIDERANDO:
Que, el citado Ministerio, solicita la adhesión de la Provincia de Corrientes, al Decreto Nº 1424 de fecha 23 de Diciembre de 1997, dictada por el Poder Ejecutivo Nacional;
Que, la citada norma trata del Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica, que desarrolla el Ministerio de Salud y Acción Social, será de aplicación obligatoria en todos los establecimientos nacionales de salud, en el Sistema Nacional del seguro de Salud, en el Sistema Nacional de Obras Sociales, en el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP), en los establecimientos incorporados al Registro Nacional de Hospitales Públicos de Autogestión, así como en los establecimientos dependientes de las distintas jurisdicciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las entidades del Sector Salud que adhieran al mismo;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
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