VISTO
El Expediente Nº 312-19.07-3819/96 del registro del Ministerio de Salud Pública; y
CONSIDERANDO:
Que, por las citadas actuaciones la Dirección de Saneamiento Ambiental dependiente del referido organismo, solicita la adhesión de la Provincia de Corrientes a las NORMAS DE HABILITACION Y CATEGORIZACION DE SERVICIOS DE DIAGNOSTICO POR IMÁGENES, a fin de unificar criterios y procedimientos en todo el País, las que han sido elaboradas por el Ministerio de Salud Pública y Acción Social de la Nación;
Que, asimismo, requiere la participación de la Dirección de Fiscalización Sanitaria, quien a fs. 23 presta su conformidad a la aplicación de las citadas normas.
Que, el presente caso encuadra en lo establecido en los artículos 1º y 6º de la Ley 2839, y artículo 9º de la Ley 3635;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
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