CONSIDERANDO:
Que por el artículo 27 de la citada ley se declara como autoridad de aplicación de la misma al MINISTERIO DE SALUD.
Que el artículo 7º del Decreto Reglamentario Nº 602/13 faculta a este Ministerio a determinar la rotación de los mensajes sanitarios, la ampliación o modificación del listado de mensajes sanitarios, su diseño, así como también la determinación de los pictogramas o imágenes correspondientes a cada mensaje.
Que mediante el artículo 10 de la Ley Nº 26.687 se dispone que los empaquetados y envases de productos elaborados con tabaco deben llevar insertos una imagen y un mensaje sanitario que describa los efectos nocivos del consumo de productos elaborados con tabaco, de conformidad con el listado expuesto en el artículo 7º de la misma, que será actualizado por la autoridad de aplicación con una periodicidad no superior a DOS (2) años ni inferior a UN (1) año.
Que la reglamentación de dicho artículo establece que este Ministerio determinará la periodicidad para la actualización de las advertencias sanitarias y aprobará los mensajes sanitarios y sus respectivos pictogramas o imágenes.
Que además la ley, por medio del artículo 12, exige que los paquetes y envases de productos elaborados con tabaco incluyan, en UNO (1) de sus laterales, información sobre el servicio gratuito para dejar de fumar a cargo del MINISTERIO DE SALUD.
Que por Resolución Ministerial Nº 497 de fecha 17 de abril de 2012 se aprobó la NORMATIVA GRAFICA DE EMPAQUETADO, VENTA Y CONSUMO DE PRODUCTOS DE TABACO.
Que a tales efectos es necesario actualizar la normativa gráfica que establezca los nuevos contenidos y formatos de las advertencias sanitarias en la publicidad de tabaco y en los envases de productos de tabaco, así como de la cartelería dispuesta por la ley en los sitios de venta y en los lugares donde se prohíbe el consumo.
Que la DIRECCION DE PROMOCION DE LA SALUD Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO TRANSMISIBLES y el PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DEL TABACO han intervenido en la elaboración del presente proyecto de Resolución.
Que la SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS y la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS han dado conformidad a la continuidad del trámite.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello,
El Ministro de Salud resuelve:
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