VISTO:
Las presentes actuaciones por las que la Dirección General de Maternidad e Infancia del Ministerio de Salud, eleva la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles - Cumplimiento efectivo de los derechos sexuales y reproductivos; y
CONSIDERANDO:
Que, a fs. 05/36 se agrega la Guía de referencia obrando a fs. 02 y 03 la Declaración Jurada - Victima de Delito Sexual y la Solicitud y Consentimiento Informado - Interrupción de Embarazo - Aborto No Punible, respectivamente;
Que, se acredita en autos la intervención de la Secretaria de Planificación en Políticas y Regulación Sanitaria;
Que, la Dirección General de Asunto Jurídicos del Ministerio de Salud, emite dictamen de competencia, de cuyos términos se desprende que resulta precedente la emisión del presente acto administrativo por el que se disponga la aplicación de la Guía Técnica venida a intervención en el Sistema de Salud Provincial, en el marco del fallo emitido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en relación a la interpretación del artículo 86º, inciso 2) del Código Penal de la Nación;
Por ello y en uso de las facultades que le son propias;
EL MINISTRO DE SALUD
RESULEVE:
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