VISTO la necesidad de contar con un Órgano específico responsable de implementar y coordinar las acciones tendientes a la ejecución de políticas relativas al abordaje integral de las adicciones; y,
CONSIDERANDO:
Que con tal propósito se estima conveniente crear la Secretaría para el Abordaje Integral de las Adicciones, en el ámbito del Ministerio de Derechos Humanos;
Que dicha Secretaría tendrá como objetivo asegurar la presencia del Estado en todos los sectores sociales, garantizando el funcionamiento de redes preventivo-asistenciales integrales, articuladas e interjurisdiccionales;
Que además, deberá desarrollar acciones tendientes a la prevención y el abordaje de las adicciones, con el objeto de amparar e integrar a las personas afectadas, a partir de la consideración de las mismas como sujetos de derechos;
Que dichas funciones se desarrollarán con la interacción permanente del Ministerio de Salud Pública, a quién compete lo relativo a la salud físico mental de las personas con adicciones;
Por ello, en marco de las facultades establecidas en el artículo 140 y 144 de la Constitución Provincial y artículos 1, 34 y concordantes de la Ley Nº 7.694;
El Gobernador de la provincia de Salta
decreta:
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