VISTO:
La Resolución Nº 3335 MS de fecha 11 de septiembre de 2013; y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada resolución se aprobaron los nuevos modelos de historia clínica del adulto ambulatorio, la hoja de evolución y la planilla de referencia y contra referencia;
Que habiéndose realizado una evaluación en terreno, se advirtió la necesidad de llevar a cabo dos modificaciones en los mencionados modelos;
Que la Planilla de Referencia y Contra Referencia permitirá documentar la atención de los pacientes de todos los niveles de la Atención Primaria de la Salud;
Que estas nuevas planillas reemplazarán a las actuales, a fin de lograr un recupero más completo de los datos de la población y la posterior utilización de la información;
Que el formulario de Historia Clínica deberá ser cumplimentado por todos los Centros de Salud de la Provincia y por todos los Consultorios Externos de los Hospitales;
Que por su parte, la Planilla de Referencia y Contra Referencia deberá ser completada por triplicado, quedando una copia para el Hospital, una para el paciente y otra para el Centro de Salud, la cual necesariamente deberá ser cumplimentada por todos los efectores provinciales;
Que las planillas antes mencionadas fueron confeccionadas a partir de los formularios normatizados por la Nación y adecuadas conforme la realidad provincial;
Que de acuerdo a lo antes expuesto y a fin de evitar posibles equivocaciones, es procedente dejando sin efecto la Resolución Nº 3335/13 MS y aprobar el nuevo modelo de Historia Clínica del Adulto Ambulatorio, la hoja de evolución y la planilla de referencia y contra referencia, conforme las necesidades advertidas en terreno;
Por ello;
El Ministro Secretario de Estado de Salud resuelve:
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