LEY 8929
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)
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Adhiere la Provincia de Tucumán a la Ley Nacional N° 27.153 de Ejercicio Profesional de la Musicoterapia.
Sanción: 29/09/2016; Promulgación: 29/09/2016; Boletín Oficial 06/10/2016.
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La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de Ley:
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Artículo 1°.- Adhiere la Provincia de Tucumán a la Ley Nacional N° 27.153 (Ejercicio Profesional de la Musicoterapia).
Art. 2°.- Las Obras Sociales, Organismos de la Seguridad Social, sean públicos o privados, y las empresas de medicina prepaga, así como también todos aquellos agentes que brinden servicios asistenciales a sus afiliados, independientemente de la figura jurídica que posean, deber dar cumplimiento a los estándares establecidos en la presente Ley.
Art. 3°.- El Poder Ejecutivo Provincial determinará el Organismo de Aplicación de la presente Ley.
Art. 4°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, a un día del mes de setiembre del año dos mil dieciséis.
C.P.N. Osvaldo Francisco Jaldo, Presidente H. Legislatura de Tucumán.
Claudio Antonio Perez, Secretario H. Legislatura de Tucumán.
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