Artículo 1°.- La Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhiere a la Ley Nacional
26.928 a través de la cual se crea el régimen de protección integral para las personas que hayan recibido un trasplante inscriptos en el Registro Nacional de Procuración y Trasplante o se encuentren en lista de espera para trasplantes del Sistema Nacional de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA).
Art. 2°.- Comuníquese, etc.