VISTO las presentes actuaciones por las cuales se solicita la aprobación del Protocolo de Intervención Hospitalarias en Emergencias y Urgencias de Salud Mental, y
CONSIDERANDO:
Que se entiende por urgencia y emergencias en salud mental a los episodios de crisis que se manifiestan de manera aguda en las personas, en situaciones personales, familiares o sociales, que expresan un límite, tras el cual se vislumbra un riesgo grande para su salud física o psíquica, incluso la muerte.
Que el organismo competente tomó la intervención previa que les corresponde.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD PUBLICA
RESUELVE:
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