VISTO el EX-2017-33940075-APN-DCSS#MS; y
CONSIDERANDO:
Que las políticas de salud tienen por objetivo primero y prioritario asegurar el acceso de todos los habitantes de la Nación a los Servicios de Salud, entendiendo por tales al conjunto de los recursos y acciones de carácter promocional, preventivo, asistencial y de rehabilitación, sean éstos de carácter público estatal, no estatal o privados; con fuerte énfasis en el primer nivel de atención.
Que en el marco de las políticas de ésta Cartera de Estado se desarrolla el PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA, creado por Resolución N° 432/1992 de la SECRETARÍA DE SALUD del ex MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL, refrendado oportunamente por el Decreto N° 1424/1997, luego por el Decreto N° 178/2017 y la Resolución N° 856-E/2017 que actualiza los ejes conceptuales del Programa.
Que entre los objetivos del Programa se encuentran el diseño de instrumentos, la capacitación, sensibilización, investigación y gestión de mejoras de los riesgos sanitarios en los establecimientos de todo el país.
Que entre las funciones del Programa se encuentra la generación de acciones y herramientas que permitan propender a la seguridad de los pacientes y a la promoción del desarrollo de programas de calidad total en establecimientos asistenciales.
Que resulta conducente incorporar el SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN DE PROGRAMAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE INFECCIONES ASOCIADAS AL CUIDADO DE LA SALUD al PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN DE PROGRAMAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE INFECCIONES ASOCIADAS AL CUIDADO DE LA SALUD, depende del INSTITUTO NACIONAL DE EPIDEMIOLOGÍA “Dr. Juan H. Jara”, ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN”.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA, la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN y la SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA han tomado la intervención de su competencia y avalan su incorporación al PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se adopta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios Nº 22.520, sus modificatorias y complementarias y lo establecido en el artículo 26 del Decreto 802 del 5 de septiembre de 2018.
Por ello,
El Secretario de Gobierno de Salud resuelve:
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