RESOLUCIÓN 75/2019
INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (I.N.C.U.C.A.I.)


 
Apruébase la ampliación del Módulo 6 del SINTRA - REGISTRO NACIONAL DE DONANTES DE CÉLULAS PROGENITORAS HEMATOPOYÉTICAS (CPH).
Del: 28/03/2019; Boletín Oficial 29/03/2019.

VISTO el EX-2019-03000912-APN-CAJ#INCUCAI, las Leyes Nros. 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células y 25.392 de creación del Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas (CPH) y los Decretos Reglamentarios Nros. 267/2003 y 16/2019; y
CONSIDERANDO
Que el INCUCAI, en el marco de las normas citadas, se constituye en la autoridad de aplicación del REGISTRO NACIONAL DE DONANTES de CPH, y de aquellas prácticas vinculadas a la obtención y utilización de células en todo el territorio nacional.
Que en cumplimiento de las funciones dispuestas, a través del Módulo 6 del SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE PROCURACIÓN Y TRASPLANTE DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SINTRA), se lleva el registro de los donantes de CPH y de los trasplantes realizados en el ámbito nacional.
Que dicho Módulo del SINTRA, ha sido oportunamente ampliado con la finalidad de incorporar información destinada a detectar aquellos obstáculos que se presentan para acceder al trasplante, creando un registro de solicitudes de trasplante de CPH.
Que en la actualidad resulta pertinente crear un nuevo perfil en el citado Módulo 6, con el objeto que los pacientes puedan consultar el trámite correspondiente a sus solicitudes/trasplantes, garantizando su derecho a la información durante todo el proceso relativo a su tratamiento, brindando de esta manera respuesta a parte de sus necesidades.
Que la DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN del INCUCAI ha realizado las adecuaciones en el sistema informático para la implementación de la presente medida.
Que el REGISTRO NACIONAL DE DONANTES de CPH y las DIRECCIONES CIENTÍFICO TÉCNICA, DE TECNOLOGÍAS Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN, DE ASUNTOS JURÍDICOS y de RELACIONES INSTITUCIONALES Y COMUNICACIÓN del INCUCAI, han tomado la intervención de su competencia.
Que la medida que se adopta ha sido aprobada por el Directorio en su sesión ordinaria de fecha 28 de marzo de 2019, conforme surge del texto del Acta Nº 10.
Que se actúa en el marco de las competencias otorgadas por las Leyes Nros. 27.447 y 25.392 y los Decretos P.E.N. Nros. 267/2003 y 16/2019.
Por ello,
El Directorio del Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante resuelve:

Artículo 1°.- Apruébase la ampliación del Módulo 6 del SINTRA - REGISTRO NACIONAL DE DONANTES DE CÉLULAS PROGENITORAS HEMATOPOYÉTICAS (CPH), incluyendo el “Perfil del Paciente” con el objeto de que los mismos puedan consultar la información relativa a sus solicitudes / trasplantes.
Art. 2°.- Apruébase el formulario que como ANEXO UNICO (IF-2019-18357011-APN-DS#INCUCAI) forma parte de la presente, a los fines de implementar la medida establecida en el artículo precedente.
Art. 3°.- Las disposiciones establecidas en la presente norma entrarán en vigencia el 1º de abril de 2019.
Art. 4°.- Comuníquese a la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD Y PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN, a las Autoridades Sanitarias Provinciales, a los Organismos Provinciales de Ablación e Implante, a los Consejos Asesores de Pacientes y de Profesionales del INCUCAI, a la Sociedad Argentina de Trasplante y a las áreas correspondientes de este Instituto. Notifíquese a los equipos de trasplante de CPH habilitados. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese.
Adrian Tarditti; Jose Luis Bustos; Alberto Maceira.

Enlace al texto completo de su respectivo anexo desde aquí.

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