CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 153 (texto consolidado por Ley N° 5.666) establece que el subsector estatal de salud “se organiza y desarrolla conforme a la estrategia de atención primaria, con la constitución de redes...“ y “se compone de redes integradas de servicios de salud con eje en el primer nivel de atención, conformando una red de cuidados progresivos y coordinados“;
Que por Decreto N° 83/19 se aprobó la actual estructura del Ministerio de Salud, en la que se asignaron las responsabilidades primarias que le competen a cada repartición;
Que mediante las actuaciones citadas en el visto se propicia la creación de la red de Trastornos Neurocognitivos, debido a la creciente demanda de atención especializada en su área de incumbencia en el ámbito de los Hospitales Públicos dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCABA);
Que dentro de sus objetivos se encuentra alcanzar metas relacionadas con la concientización de la población sobre la demencia y otras patologías que comprometan las funciones cognitivas de los individuos, la reducción y/o control de los factores de riesgo, el diagnóstico precoz, atención y tratamiento de los individuos afectados, el apoyo a los cuidadores y la investigación epidemiológica y sociosanitaria, permitiendo generar políticas públicas basadas en la evidencia;
Que la red cumple con los dictados del Plan de Acción Mundial sobre la Respuesta de la Salud Pública a la Demencia 2017-2025 de la Organización Mundial de la Salud (OMS) aprobado durante la 70a. Asamblea Mundial de la Salud, celebrada en Ginebra, Suiza en mayo de 2017; Que la Red se propone alcanzar metas relacionadas con la concientización de la población sobre la demencia y otras patologías que comprometan las funciones cognitivas de los individuos, la reducción y/o control de los factores de riesgo, el diagnóstico precoz, atención y tratamiento de los individuos afectados, el apoyo a los cuidadores y la investigación epidemiológica y socio sanitaria permitiendo generar políticas públicas basadas en la evidencia;
Que el desarrollo de la Red Trastornos Neurocognitivos, adecuadamente coordinada, tiene por objetivo responder a las necesidades de promoción y protección de las funciones cognitivas en la población en riesgo, así como de otorgar atención oportuna y adecuada a los pacientes afectados por trastornos cognitivos de diferentes etiologías mediante acciones costo efectivas que brinden mayor facilidad y equidad en el acceso a servicios a la vez que disminuyan la innecesaria sobreutilización de recursos o superposición de esfuerzos en los distintos nodos;
Que cabe mencionar algunas funciones primordiales de la Red como la detección de deterioro cognitivo y/o demencia en la población (estudios epidemiológicos), la detección sindromática de deterioro cognitivo y/o demencia en los pacientes individualizados en campañas de relevamiento o aquellos que consulten por trastornos cognitivos en los nodos de la Red (evaluación diagnóstica), la Delimitación de funciones comprometidas y preservadas, la determinación del perfil neuropsicológico (contribución al diagnóstico etiológico), como así también la promoción y participación de actividades académicas relacionadas;
Que también se propone elaborar el grado de severidad (diagnóstico de etapa evolutiva) y la determinación de ritmo evolutivo y compromiso diferencial de distintas funciones cognitivas (pronóstico), la orientación para la intervención cognitiva utilizando técnicas de activación y rehabilitación cognitivas (tratamiento no farmacológico);
Que se dispone la evaluación de cambios por efectos terapéuticos, valorando el resultado de intervenciones farmacológicas y no farmacológicas (objetivación de eficacia terapéutica) y la Evaluación de estudios clínicos y de nuevos fármacos desarrollando la Investigación clínica y experimental (instrumento de investigación científica);
Que la Red de Trastornos Neurocognitivos reúne la acción conjunta de los Servicios de Neurología, Salud Mental y, eventualmente Geriatría de los Hospitales Públicos dependientes del Ministerio de Salud de la Ciudad;
Que la sede de la Red de Trastornos Neurocognitivos será el Servicio de Neurología del Hospital de Salud Mental "José T. Borda";
Que la coordinación de la Red de Trastornos Neurocognitivos estará a cargo del Dr. Juan Alberto Ollari y el Dr. Ricardo F. Allegri;
Que la implementación de dicha Red permite establecer criterios de eficacia y eficiencia, calidad, satisfacción y equidad;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, de acuerdo a la Ley N° 5460 (Texto consolidado por Ley N° 5.666),
LA MINISTRA DE SALUD
RESUELVE:
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