VISTO el Expediente N° 2002-10.601/03-9 del registro de este Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado Expediente se tramita la aprobación del documento GUIA PARA LA ATENCION DEL PARTO NORMAL EN MATERNIDADES CENTRADAS EN LA FAMILIA, elaborada con el objeto de actualizar y mejorar la calidad de la asistencia de mujeres y recién nacidos sanos durante el período perinatal.
Que esta guía está destinada a los Equipos de Salud conformado por obstétricas, médicos/as tocoginecólogos/as y neonatólogos/as, pediatras entrenados en neonatología, generalistas entrenados en obstetricia y pediatría, enfermeros/as, psicólogos/as, asistentes sociales, sociólogos/as, nutricionistas, etc. de las Provincias, Municipios y/o Instituciones, tanto Públicas como Privadas, para adaptarlas a cada realidad local y desarrollar las propias Normas de Atención.
Que en su redacción se seleccionaron las mejores evidencias científicas disponibles en la actualidad que deberá complementarse con la adquisición de las mejores destrezas a través de la práctica clínica.
Que la DIRECCION NACIONAL DE SALUD MATERNO INFANTIL ha coordinado el proceso de elaboración de acuerdo con la normativa vigente contando con la participación de las siguientes entidades: ASOCIACION DE OBSTETRICAS MUNICIPALES (ADOM); ASOCIACION MEDICA ARGENTINA (AMA); ASOCIACION ARGENTINA DE PERINATOLOGIA (ASAPER); COLEGIO DE OBSTETRICAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES; FEDERACION DE OBSTETRICAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (FORA); SOCIEDAD ARGENTINA DE PEDIATRIA (SAP); SOCIEDAD DE OBSTETRICIA Y GINECOLOGIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (SOGBA); SOCIEDAD DE OBSTETRICIA Y GINECOLOGIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES (SOGIBA) y FONDO DE NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA (UNICEF). Contando además con el apoyo de valiosos aportes realizados por expertos de reconocido prestigio en la materia.
Que en el marco de las políticas del MINISTERIO DE SALUD se desarrolla el PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE CALIDAD DE LA ATENCION MEDICA, en el cual se agrupan un conjunto de acciones destinadas a asegurar la calidad de las prestaciones en dichos Servicios.
Que entre dichas acciones se encuentran la elaboración de guías de diagnóstico, tratamiento y procedimientos de patologías y normas de organización y funcionamiento de los Servicios de Salud.
Que la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION, Coordinadora General del PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE CALIDAD DE LA ATENCION MEDICA, la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS y la SECRETARIA DE PROGRAMAS SANITARIOS han tomado la intervención y avalan su incorporación al PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE CALIDAD DE LA ATENCION MEDICA.
Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se adopta en uso de las atribuciones contenidas por la Ley de Ministerios T.O. 1992, modificada por la Ley N° 25.233.
Por ello,
EL MINISTRO
DE SALUD
RESUELVE:
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