DECRETO 776/1988
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE FORMOSA
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Psicólogos. Reglamentación del art. 6º de la ley 461.
Del 19/04/1988; Boletín Oficial 17/06/1988.
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Artículo 1º -- Reglaméntase el art. 6º de la ley 461 de ejercicio profesional del psicólogo, de la siguiente manera:
Se entiende por pruebas psicométricas o test mentales: Es una prueba definida que implica una tarea a realizar, idéntica para todos los sujetos examinados, con una técnica precisa para la apreciación del éxito o del fracaso, para la puntuación numérica del éxito. Brindan una medida de la capacidad intelectual.
Se entiende por pruebas proyectivas o test proyectivos: El carácter esencial de una técnica proyectiva reside en que evoca el sujeto lo que es, en distintos modos, la expresión de su mundo personal, permiten la expresión de la esfera efectiva básicamente.
Proyección:
a) Mecanismo de defensa contra la angustia.
b) Un mecanismo más general, según el cual, el recuerdo de nuestras percepciones anteriores tiende a influir la percepción de los estilos actuales.
Arts. 2º y 3º -- Comuníquese, etc.
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