291 Actos Normativos

Establécese que las Obras Sociales deberán remitir a la Superintendencia de Servicios de Salud la información referida a los tratamientos que han dado desde el 1º de enero de 2006 a los beneficiarios afectados por enfermedades oncológicas, de virus HIV o de hemofilia.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación: 16/09/2009
Esfera del acto: Nacional / Argentina
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