Discapacitado. Turismo accesible para personas con movilidad y/o comunicación reducida. Obligación de las agencias de viajes de informar sobre los inconvenientes e impedimentos que pudieren encontrar en la planificación de un viaje. Adecuación de las prestaciones de servicios turísticos a las disposiciones de la ley 24.314.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación:
12/09/2002
Esfera del acto:
Nacional / Argentina
Idioma:
Español
Colección:
Discapacitados
(Chaco) Adherida por Ley 5216, de 21 de Mayo de 2003 
(Jujuy) Adherida por Ley 5466, de 23 de Junio de 2005 
(Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur) Adherida por Ley 611, de 12 de Diciembre de 2003 
(Misiones) Adherida por Ley 4347, de 09 de Marzo de 2007 
(Buenos Aires) Adherida por Ley 14095, de 03 de Diciembre de 2009 
(Neuquén) Adherida por Ley 3059, de 04 de Abril de 2017 
(Salta) Adherida por Ley 8058, de 16 de Noviembre de 2017