Obligación de las obras sociales de incorporar como prestaciones obligatorias la cobertura de tratamientos de los retrovirus humanos, el SIDA y las enfermedades intercurrentes. Adhesión de la Provincia a la ley nacional 24.455 y al decreto reglamentario 580/95.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia del Chaco
Fecha de publicación:
27/10/2000
Esfera del acto:
Provincial - Chaco / Argentina
Idioma:
Español
Colección:
Asistencia Médica, Enfermedades, Obras Sociales, SIDA / HIV
Adhiere Decreto 580, de 12 de Octubre de 1995  (Chaco)
Adhiere Ley 24455, de 08 de Febrero de 1995  (Chaco)