Agentes de propaganda médica. Normas para el ejercicio de la profesión. Creación del Registro de Agentes de Propaganda médica. Sustitución de los arts. 1°, 3°, 7° incs. a) y b) y art. 8° de la ley 5038.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza
Fecha de publicación:
14/01/2005
Esfera del acto:
Provincial - Mendoza / Argentina
Idioma:
Español
Colección:
Ejercicio Profesional, Recursos Humanos en Salud
Sustituye Ley 5038, de 17 de Septiembre de 1985  (arts. 1, 3, 7 incs. a) y b) y 8)