Desaparición forzada de personas. Beneficios que tendrán derecho a percibir por medio de sus causahabientes. Adhesión de la Provincia a los arts. 10 bis y 10 ter de la ley nacional 24.411, incorporados por ley nacional 24.823.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy
Fecha de publicación:
30/07/1999
Esfera del acto:
Provincial - Jujuy / Argentina
Idioma:
Español
Colección:
Derechos Humanos
Adhiere Ley 24411, de 07 de Diciembre de 1994  (arts. 10 bis y 10 ter, Jujuy)