Profesionales de la salud comprendidos en la ordenanza 41.455 (Municip.). Intimación a iniciar los trámites jubilatorios a aquellos que hayan alcanzado la edad establecida en el art. 9.1. de la norma citada. Derogación de la ord. 48.176 (Municip.).
Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Fecha de publicación:
21/09/2001
Esfera del acto:
Provincial - Ciudad Autónoma de Buenos Aires / Argentina
Idioma:
Español
Colección:
Recursos Humanos en Salud, Reglamentaciones