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Establecimientos públicos y privados. Atención prioritaria a mujeres embarazadas, personas con necesidades especiales o movilidad reducida transitoria y personas mayores de sesenta y cinco años. Incorporación de los arts. 4.1.23 y 4.1.24 al cap.1 de la sección 4° del libro II de la ley 451.
Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Fecha de publicación: 22/01/2009
Esfera del acto: Provincial - Ciudad Autónoma de Buenos Aires / Argentina
Idioma: Español
Colección: Asistencia a los Ancianos, Discapacitados, Reglamentaciones, Salud Pública
Incorpora Ley 451, de 02 de Agosto de 2000  (arts. 4.1.23 y 4.1.24 al cap.I)
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