Se establece que el Ministerio de Salud y Acción Social dispondrá medidas para la divulgación de su problemática.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación:
17/10/1989
Esfera del acto:
Nacional / Argentina
Idioma:
Español
Colección:
Asistencia Médica, Enfermedades, Salud Pública