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Se establece que el Ministerio de Salud y Acción Social dispondrá medidas para la divulgación de su problemática.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación: 17/10/1989
Esfera del acto: Nacional / Argentina
Idioma: Español
Colección: Asistencia Médica, Enfermedades, Salud Pública
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