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Los locales habilitados en los rubros de peluquería en cualquiera de sus especialidades, pedicurías, manicurías y salones de belleza deberán instalar equipos de esterilización aptos para evitar el contagio de enfermedades transmisibles.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia del Chubut
Fecha de publicación: 01/01/1992
Esfera del acto: Provincial - Chubut / Argentina
Idioma: Español
Colección: Ejercicio Profesional, Salud Pública
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