Los locales habilitados en los rubros de peluquería en cualquiera de sus especialidades, pedicurías, manicurías y salones de belleza deberán instalar equipos de esterilización aptos para evitar el contagio de enfermedades transmisibles.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia del Chubut
Fecha de publicación:
01/01/1992
Esfera del acto:
Provincial - Chubut / Argentina
Idioma:
Español
Colección:
Ejercicio Profesional, Salud Pública