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Autorízase a todas las Empresas de Medicina Prepaga inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (R.N.E.M.P.) a incrementar las cuotas mensuales, que deben abonar los usuarios de dichas entidades a partir del 1º de Septiembre de 2012.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación: 27/09/2012
Esfera del acto: Nacional / Argentina
Idioma: Español
Colección: Servicios de Salud
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