Autorízase a todas las Empresas de Medicina Prepaga inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (R.N.E.M.P.) a incrementar las cuotas mensuales, que deben abonar los usuarios de dichas entidades a partir del 1º de Septiembre de 2012.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación:
27/09/2012
Esfera del acto:
Nacional / Argentina
Idioma:
Español
Colección:
Servicios de Salud