Los países signatarios podrán concertar arreglos de cooperación técnica recíproca, así como la prestación de personal y elementos para controlar situaciones sanitarias.
Fuente: Institucional
Fecha de publicación:
01/01/1978
Esfera del acto:
Internacional / Argentina
Idioma:
Español
Colección:
Cooperación Sanitaria, Tratados Convenios y Acuerdos