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Constituir a los respectivos Ministerios de Salud Nacionales en facilitadores y canalizadores de las acciones y medidas que se instauren a efectos de la concreción del convenio de cooperación en materia de salud.
Fuente: Institucional
Fecha de publicación: 01/01/2005
Esfera del acto: Internacional / Argentina
Idioma: Español
Colección: Cooperación Sanitaria, Tratados Convenios y Acuerdos
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