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Gratuidad de la asistencia médica que deberá prestarse a los ciudadanos de la República Argentina y a los súbditos de Bélgica, residentes en territorio del otro de los Países Contratantes.
Fuente: Institucional
Fecha de publicación: 01/01/1924
Esfera del acto: Internacional / Argentina
Idioma: Español
Colección: Cooperación Sanitaria, Tratados Convenios y Acuerdos
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