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Código Sanitario Panamericano. La Convención empezará a regir en cada uno de los estados signatarios, en la fecha de la ratificación por dicho Estado, y quedará en vigencia sin limitación de tiempo, reservándose cada uno de los Estados signatarios o adheridos el derecho de retirarse de la Convención mediante aviso dado en debida forma al Gobierno de la República de Cuba con un año de anticipación.
Fuente: Institucional
Fecha de publicación: 01/01/1924
Esfera del acto: Internacional / Argentina
Idioma: Español
Colección: Cooperación Sanitaria, Tratados Convenios y Acuerdos
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