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Establécese que el mantenimiento de la inscripción en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica de los productos médicos devengará un arancel anual por cada clase de producto médico comercializado.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación: 16/08/2013
Esfera del acto: Nacional / Argentina
Idioma: Español
Colección: Productos Médicos
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