Importación, elaboración, fraccionamiento, distribución -ya sea a título oneroso o gratuito- en jurisdicción nacional, o con destino al comercio interjurisdiccional de las drogas vegetales, los preparados de drogas vegetales, los medicamentos herbarios y las personas físicas y jurídicas que intervengan en dichas actividades.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación:
05/11/2013
Esfera del acto:
Nacional / Argentina
Idioma:
Español
Colección:
Medicamentos