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Importación, elaboración, fraccionamiento, distribución -ya sea a título oneroso o gratuito- en jurisdicción nacional, o con destino al comercio interjurisdiccional de las drogas vegetales, los preparados de drogas vegetales, los medicamentos herbarios y las personas físicas y jurídicas que intervengan en dichas actividades.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación: 05/11/2013
Esfera del acto: Nacional / Argentina
Idioma: Español
Colección: Medicamentos
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