AUTORIZASE a todas las Entidades de Medicina Prepagas de más de CIEN MIL (100.000) afiliados, inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (R.N.E.M.P.) a incrementar en un OCHO POR CIENTO (8%) el valor de las cuotas mensuales.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación:
16/12/2013
Esfera del acto:
Nacional / Argentina
Idioma:
Español
Colección:
Obras Sociales
Es complementada por Resolución 185, de 20 de Febrero de 2014