Modifícanse los montos de los aranceles que devengarán las tramitaciones que se realicen ante la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) correspondientes a los productos para diagnóstico de uso in vitro, trámites correspondientes a Cumplimiento de Buenas Prácticas de Fabricación (BPF), trámites correspondientes para la Inscripción de Productos Médicos, trámites correspondientes a Autorización de Funcionamiento de Empresa (A.F.E), trámites correspondientes a Productos Médicos Usados, Productos higiénicos, absorbentes y descartables, Estudios de investigación en Tecnología Médica, Certificado de Libre Venta para Productos Registrados en el País, Distribuidoras de Productos Médicos y/o Productos para Diagnóstico de Uso in Vitro y certificados de libre.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación:
05/02/2014
Esfera del acto:
Nacional / Argentina
Idioma:
Español
Colección:
Productos Médicos
(anexo, apartado D)) Fue rectificada por Disposición 1015, de 07 de Febrero de 2014 
(anexo) Fue derogado por Disposición 5042, de 25 de Junio de 2015