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Modifícanse los montos de los aranceles que devengarán las tramitaciones que se realicen ante la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica -Dirección de vigilancia Sanitaria de Productos para la Salud- correspondientes a especialidades medicinales, productos cosméticos, de higiene personal y perfumes, y productos de higiene oral de uso odontológico y de los productos de uso doméstico (domisanitarios).
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación: 16/06/2015
Esfera del acto: Nacional / Argentina
Idioma: Español
Colección: Medicamentos
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