Establécese que las empresas titulares de productos sujetos a vigilancia sanitaria deberán notificar a esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL toda publicidad (tradicional o no tradicional) dirigida a la población en general y presentar la pieza publicitaria correspondiente en el formato que será difundida.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación:
20/08/2015
Esfera del acto:
Nacional / Argentina
Idioma:
Español
Colección:
Medicamentos