Prorrógase desde su vencimiento y por el término de dos (2) años la vigencia de la Ley 7.857 que declara la Emergencia Pública en Materia Social por Violencia de Género.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Fecha de publicación:
04/10/2016
Esfera del acto:
Provincial - Salta / Argentina
Idioma:
Español
Colección:
Derechos Humanos