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Servicios de transporte automotor y ferroviario de pasajeros urbanos, suburbanos y regionales de jurisdicción nacional sólo podrán circular con una cantidad de pasajeros que no supere la capacidad de asientos disponibles
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación: 19/03/2020
Esfera del acto: Nacional / Argentina
Idioma: Español
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