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Los Agentes del Seguro de Salud y las Entidades de Medicina Prepaga deben garantizar la continuidad de la cobertura de los tratamientos de pacientes con Atrofia Muscular Espinal, en los tipos I, II y IIIA. Derogación de la Resolución N° 1452/2019.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación: 29/06/2020
Esfera del acto: Nacional / Argentina
Idioma: Español
Colección: Asistencia Médica, Enfermedades, Obras Sociales, Salud Pública
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