Los Agentes del Seguro de Salud y las Entidades de Medicina Prepaga deben garantizar la continuidad de la cobertura de los tratamientos de pacientes con Atrofia Muscular Espinal, en los tipos I, II y IIIA. Derogación de la Resolución N° 1452/2019.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación:
29/06/2020
Esfera del acto:
Nacional / Argentina
Idioma:
Español
Colección:
Asistencia Médica, Enfermedades, Obras Sociales, Salud Pública