Distanciamiento social, preventivo y obligatorio y Aislamiento social, preventivo y obligatorio. Exceptúanse a las personas afectadas a la industria de producción de cine publicitario y al funcionamiento de playas de estacionamiento y garajes comerciales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación:
21/08/2020
Esfera del acto:
Nacional / Argentina
Idioma:
Español
Colección:
Salud Pública