Aislamiento social, preventivo y obligatorio y Distanciamiento social, preventivo y obligatorio. Exceptúase al desarrollo de producciones audiovisuales y/o rodaje y/o grabación de ficciones para cine, televisión y contenidos para plataformas audiovisuales, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación:
17/10/2020
Esfera del acto:
Nacional / Argentina
Idioma:
Español
Colección:
Salud Pública