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Aislamiento social, preventivo y obligatorio y Distanciamiento social, preventivo y obligatorio. Exceptúanse de las prohibiciones dispuestas, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a diversas actividades. Deportes grupales e individuales al aire libre, talleres de formación cultural y reuniones al aire libre en domicilios privados.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación: 13/11/2020
Esfera del acto: Nacional / Argentina
Idioma: Español
Colección: Salud Pública
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