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Aislamiento social, preventivo y obligatorio y Distanciamiento social, preventivo y obligatorio. Exceptúase al desarrollo de reuniones y celebraciones religiosas en iglesias, templos y lugares de culto, en todo el territorio de la Provincia de Santa Fe.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación: 06/12/2020
Esfera del acto: Nacional / Argentina
Idioma: Español
Colección: Salud Pública
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