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Distanciamiento social, preventivo y obligatorio y Aislamiento social, preventivo y obligatorio. Exceptúase a la celebración de eventos religiosos de más de 20 personas en espacios cerrados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y otras actividades en la Provincia de Buenos Aires.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación: 21/12/2020
Esfera del acto: Nacional / Argentina
Idioma: Español
Colección: Salud Pública
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