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Código Alimentario Argentino. Fórmula para lactantes, sucedáneo de la leche materna para satisfacer las necesidades nutricionales de los lactantes. Sustitúyese el artículo 1.353 bis.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación: 15/08/2024
Esfera del acto: Nacional / Argentina
Idioma: Español
Colección: Productos Alimentícios
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