Código Alimentario Argentino. Sustitúyese los artículos 920 y 925 del Capítulo XI Alimentos vegetales. Sustitúyese el artículo 531 del Capítulo VII: Alimentos Grasos, Aceites Alimenticios; Sustitúyese el artículo 1410 en el Capítulo XIX: Harinas, Concentrados, Aislados y Derivados
Proteínicos; Incorpórase el artículo 1407 quater en el Capítulo XIX Harinas, Concentrados, Aislados y Derivados Proteínicos
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación:
15/04/2025
Esfera del acto:
Nacional / Argentina
Idioma:
Español
Colección:
Productos Alimentícios