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Establécese que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) no intervendrá en los trámites de importación de productos médicos cuya condición sea de uso sin prescripción, realizados por personas físicas
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación: 05/05/2025
Esfera del acto: Nacional / Argentina
Idioma: Español
Colección: Productos Médicos
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