Establécese que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica
(ANMAT) no intervendrá en los trámites de importación de productos médicos cuya condición sea de uso sin prescripción, realizados por personas físicas
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación:
05/05/2025
Esfera del acto:
Nacional / Argentina
Idioma:
Español
Colección:
Productos Médicos